Seguros

En caso de accidente deportivo

Solo se tramitará parte de accidente (adultos) si se ha pasado la preceptiva revisión médica según se detalla en este enlace. Las licencias escolares NO requiren la comunicación a la Federación; pues siguen el Protocolo de Asistencia Sanitaria que marca la Consellería (cumplimentando el Parte de Accidente por parte del Club o entidad. Más información en la normativa de la Consellería sobre Juegos Deportivos).

De interés para los clubes deportivos -> Circular Seguros

Normas de actuación en caso de accidente

ASISTENCIA SANITARIA EN HORARIO LABORAL O NO URGENTE

Las licencias adultas requieren la comunicación previa a la Federación para tramitar cualquier accidente deportivo -> seguros@triatlocv.org (1º: 679 93 88 02  2º: 961237024) – horario laboral; de L a J 9 a 14 y de 16 a 19; V de 9 a 15 (del 17 de junio al 6 de septiembre de 9.30 a 14.30 horas), facilitando los datos personales del accidentado, fecha y forma de ocurrencia del accidente, lugar y descripción de los daños físicos.

ASISTENCIA SANITARIA DE URGENCIAS FUERA DEL HORARIO LABORAL

Se entiende como tal la atención sanitaria cuya demora puede acarrear agravamiento de la lesión, dolor extremo, o necesidad de acudir inmediatamente en el momento posterior al accidente, siempre y cuando tal asistencia sea objeto de seguro y dentro de las primeras 24 horas desde que se produce accidente deportivo.

En tal caso el federado deberá llamar al teléfono de asistencia 24 horas donde le coordinarán la asistencia de urgencia a un centro concertado. El nº de póliza es 038315273

  • 913 255 568 (Asistencias en Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia, Galicia, Madrid, Cantabria y Andalucía)
  • 91 334 32 93 (Resto territorio español)

 

IMPORTANTE:

  1. Será motivo de cierre del expediente, si durante la baja médica deportiva, el federado realiza actividad deportiva, careciendo de cobertura los accidentes posteriores que pudieran producirse sin estar de alta por un accidente anterior y por tanto no se podrá competir hasta el alta deportiva definitiva.
  2. La compañía aseguradora no se hará cargo de los costes originados por la asistencia médica no derivada de accidentes deportivos; o entrenamientos o competiciones no vinculadas con nuestro deporte o no supervisadas por nuestra federación deportiva, otras territoriales o la de ámbito estatal correspondiente.
  3. Los accidentes deben ser comunicados en un periodo máximo de 7 días desde su ocurrencia.
  4. Os recordamos que la póliza de la Federación se rige según el Real Decreto 849/1993 por la cual se incluyen las lesiones derivadas de accidente deportivo, es decir, por traumatismo puntual, violento, súbito y externo, durante la práctica deportiva, siempre que no sean debidos a lesiones crónicas y/o preexistentes; se excluyen también las enfermedades o patologías crónicas derivadas de la práctica habitual del deporte, por micro traumatismos repetidos, tales como tendinitis y bursitis crónica, artrosis o artritis, hernias discales, y en general cualquier patología degenerativa.

Seguro de Responsabilidad Civil (deportistas y clubes-organizadores)

La Federación de Triatlón de la Comunidad Valenciana y para la anualidad 2016 tiene concertada, con la mediación profesional de AUNA CONSULTORS la póliza de seguro de Responsabilidad Civil (Póliza Num. 85985161Z) con la entidad CATALANA OCCIDENTE.

Los deportistas federados y Clubes-organizadores (que así lo soliciten expresamente para la organización de eventos deportivos bajo supervisió de la Federación), disponen, durante la práctica deportiva y dentro de los límites y condiciones de dicha póliza, de la siguiente cobertura frente a reclamaciones de terceros:

Cuantías y condiciones especiales:

  •  Límite por anualidad: 1.000.000 euros.
  •  Sub-límite por víctima: 350.000 euros
  •  Sub-límite para daños materiales: 180.000 euros.
  •  Franquicia aplicable por siniestro de 200 euros

PROTOCOLO DE ACTUACION EN CASO DE ACCIDENTE CON TERCEROS

El asegurado contactar por teléfono 679 93 88 02 o correo electrónico seguros@triatlocv.org , facilitando los siguientes datos: fecha ocurrencia, datos asegurado, datos 3º perjudicado ó 3º responsable indicando si reconoce culpa; así como explicación breve de lo ocurrido.

Seguro Obligatorio de Accidentes deportivos (excepto escolares)

La Federación de Triatlón de la Comunidad Valenciana, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 849/1993 de 4 de Junio, ofrece el seguro de los accidentes ocurridos con motivo de la práctica deportiva de su especialidad.

Tendrán la consideración de asegurados los deportistas federados, ya sean amateurs, entrenadores, delegados o técnicos. Se incluyen únicamente las lesiones derivadas de accidente deportivo, es decir, por traumatismo puntual, violento, súbito y externo, durante la práctica deportiva, siempre que no sean debidos a lesiones crónicas y/o preexistentes; y se excluyen igualmente las enfermedades o patologías crónicas derivadas de la práctica habitual del deporte, por microtraumatismos repetidos, tales como tendinitis y bursitis crónica, artrosis o artritis, hernias discales, y en general cualquier patología degenerativa.

Dentro de las garantías del seguro se incluyen los accidentes corporales por lesiones ocurridas en competiciones, en los entrenamientos organizados por los clubes, de forma individual e incluso in itínere.

La Federación de Triatlón de la Comunidad Valenciana y para la anualidad 2016 tiene concertada, con la mediación profesional de AUNA CONSULTORS la póliza de Accidentes colectiva (Suplemento renovación Póliza 038315273 2019) con ALLIANZ.

Garantías y capitales cubiertos

Fallecimiento accidental:

  •  Como consecuencia de accidente deportivo: 6.100 euros (Para los menores de 14 años, gastos de sepelio con un máximo de 6.000 euros.
  •  Cuando se produzca durante la práctica deportiva pero sin causa directa con la misma: 1.800 euros

Invalidez Permanente:

  •  Se indemnizan las secuelas según baremo y hasta: 12.200 euros

Asistencia Sanitaria:

Las prestaciones derivadas de esta garantía serán efectuadas por clínicas y profesionales designados por la compañía aseguradora y en caso contrario, el asegurado asumirá a su cargo los gastos ocasionados. No obstante, en casos de urgencia vital, la compañía aseguradora abonará íntegramente los gastos que se deriven de los primeros auxilios, durante las 48 horas siguientes a la ocurrencia del accidente, con independencia de quién los preste.

Se cubre la asistencia médico quirúrgica, farmacéutica (en régimen hospitalario) y sanatorial, durante un periodo posterior al accidente, de 18 meses y en cuantía ILIMITADA.

Se cubren los tratamientos de rehabilitación (no a domicilio) necesarios a consecuencia de un accidente cubierto en la póliza y durante un plazo desde la ocurrencia del mismo de 18 meses y en cuantía ILIMITADA.

Se cubren los gastos de traslado o evacuación desde el lugar del accidente hasta el ingreso definitivo en un hospital concertado, dentro del territorio nacional, hasta un máximo de 1.200 euros.

Para estas coberturas regirán las siguientes limitaciones:

  •  El abono del material ortopédico necesario como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza (no prevención) se cubre hasta el 70 % de su coste con un máximo de 1.200 €
  • Los gastos de odonto-estomatología, necesarios a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza se cubren hasta un total de 245 €.
  • La asistencia sanitaria prestada fuera del territorio español queda limitada hasta un total de 6.100 €.

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